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LA PENSIÓN COMPENSATORIA.

  • 7 dic 2020
  • 2 min de lectura

Realizar un análisis a esta figura jurídica es de gran importancia ya que va ligada con el deber de derechos y obligaciones que se tienen los cónyuges al momento de decidir concluir con su matrimonio.



¿Qué es la pensión compensatoria?


El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia


Esto quiere decir que al momento de la separación si uno de los cónyuges ya sea el hombre o la mujer no tiene los medios suficientes e idóneos para vivir de manera digna, debido a que durante el tiempo de matrimonio este mermo su crecimiento personal y económico en aras del cuidado del hogar y labores concernientes a la familia, automáticamente es acreedor a que se le designe la "Pensión Compensatoria" la cual proporcionara el otro cónyuge sea hombre o mujer.


¿Cuándo no habrá Derecho a la Pensión Compensatoria?


- cuando la separación o divorcio ocasiona desequilibrio en ambos cónyuges.

- cuando ambos cónyuges dispongan de bienes o ingresos propios, para seguir teniendo después de la separación un nivel económico similar.


Si estas pasando por la separación de tu matrimonio y te encuentras en desventaja económica y no tienes los medios suficientes para subsistir debido a que mermaste tu crecimiento profesional y económico debido a dedicarte a la ardua labor de dedicarte al hogar, en Servicios Jurídicos Peralta & Asociados estamos para servirte, no dudes en contactarnos, envíanos un correo en nuestra casilla de contacto o mandamos un mensaje vía Messenger o WhatsApp para que nuestros abogados especialistas en la materia te asesoren y aclaren todas tus dudas en su oportunidad ser tus Representantes.



Recibe un cordial saludo. Abogada Diana Peralta Jiménez Directora Servicios Jurídicos Peralta & Asociados Contacto: Cel. WhatsApp 922 128 60 28 Oficina. 922 133 53 95 email. peraltajuridicos@gmail.com



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